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La eficiencia energética se convierte en una exigencia con la modificación del documento básico de Ahorro de Energía

Los edificios de consumo de energía casi nulo, nuevos o existentes, serán a partir de ahora un requisito legal en España tras la aprobación del Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. Se trata de la última revisión del CTE que incluye, entre otras cuestiones, el nuevo documento básico de Ahorro de Energía.

Con su publicación en el BOE, la administración pública en España responde a la Directiva Europea 2010/31/UE, que exige a los países miembros de la Unión Europea establecer una nueva tipología de edificios de muy bajo consumo energético para mitigar los efectos del cambio climático y contribuir a una sociedad más sostenible.

En concreto, la directiva define el Edificio de Energía Casi Nula como aquel “con un nivel de eficiencia energética muy alto”, en el que la cantidad casi nula o muy baja de energía requerida debería estar cubierta, en gran medida, “por energía procedente de fuentes renovables”. Y así lo establece también el nuevo DB-HE Ahorro de Energía (artículo 15, parte I CTE).

Asimismo, el nuevo documento añade que los nuevos edificios deberán contar con una mejor envolvente térmica y el adecuado control solar sobre la misma, asegurarán la estanqueidad al aire de la envolvente térmica controlando el intercambio de aire y la calidad interior del mismo y procurarán optimizar el uso de la iluminación, tanto natural como artificial.

Para lograr tales objetivos, el diseño, construcción y mantenimiento del edificio se concebirán de manera que se cumplan las exigencias básicas. A su vez, estas exigencias deberán justificarse mediante:

– La definición de la localidad y de la zona climática de ubicación.

– La compacidad (V/A) del edificio o parte del edificio.

– El esquema geométrico de definición de la envolvente térmica (cerramientos opacos, huecos y puentes térmicos), así como los valores límite de los parámetros que resulten aplicables.

– La caracterización geométrica, constructiva e higrotérmica de los elementos afectados por la comprobación de la limitación de descompensaciones, así como los valores límites que les correspondan.

– Las características técnicas mínimas que deben reunir los productos que se incorporen a las obras y sean relevantes para el comportamiento energético.

– En edificios nuevos de uso residencial privado, la relación del cambio de aire con una presión diferencial de 50 Pa (n50). Para ello, el DB HE Ahorro de Energía obliga a realizar el conocido como Ensayo Blower Door, que permite medir el número de renovaciones de aire a la hora y que no deberá superar los siguientes valores:

Valor límite de la relación del cambio de aire con una presión de 50 Pa, n50

En este test se mide la cantidad aire que se filtra a través de la envolvente hermética. Cuanto mayor es la calidad en la ejecución de la envolvente, menores son las pérdidas de aire. Por ello, el Ensayo Blower Door es una excelente herramienta para medir la calidad de la construcción.

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